DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente señalados, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA:
Primero: IMPROCEDENTE el trámite con efecto suspensivo, establecido en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, del Recurso de Apelación interpuesto por el abogado Rafael Salas, actuando con el carácter de Fiscal de la Sala de Flagrancia del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 28 de Febrero de 2017 en audiencia de presentación de aprehendido, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en la presente causa, en relación a la detención domiciliaria decreta al ciudadano LOPEZ ALVAREZ YORVEN MIGUEL, titular de la cedula de identidad N° 21 061 409, por cuan.....