Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley, Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la defensa contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Juicio N° 4 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 25 de marzo de 2009, que declaró sin lugar la petición de la defensa pública y privada, en relación a que le otorgue a los procesados la libertad inmediata, con motivo de no haber presentado el Ministerio Público el acto conclusivo en la oportunidad que prevé la Ley, acordando en consecuencia mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad.