Este Tribunal vistas las actuaciones y oídas las partes. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: decreta la aprehensión como flagrante de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, Segundo: Se ordena la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal Tercero : se decreta medida cautelar sustitutiva de libertad, de conformidad con el artículo 250 en concordancia con el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano Ronald Eduardo Godoy Briceño titular de la cedula de identidad N° 13.260.473, casado, de 30 años, ingeniero petrolero, hijo Olga Maria Briceño y Eduardo Manuel Godoy , residenciado en la urbanización Francisco de Miranda, plata II, grupo 3, edificio A, apartamento N° 05, Municipio Valera, Estado Trujillo, consistente en presentación cada 30 días po.....