decreta: Primero: Declara culpable al ciudadano HECTOR MILAN PERNIA NUÑEZ, venezolano, natural Valera, titular de la cédula de identidad 5.761.567, de 49 años de edad, nacido el 19-08-1958, soltero, de ocupación agricultor, , hijo de Audelina Núñez de Pernia y Amadeo Pernia, residenciado en Sector Santa Rita, por el relleno sanitario hacia adentro, en la Finca del señor Cristóbal Peña, como dos horas a píe, Parroquia Jiménez Municipio Pampanito del estado Trujillo, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ROSANGELA PEREZ ROJAS. Segundo: Vista la admisión de los hechos se condena a cumplir la pena de doce (12) meses de prisión. TERCERO: No existe condenatoria en costas vista la admisión de los hechos realizada por el imputado. CUARTO: Se establece como fecha provisional para el cumplimiento de la pena el dí.....