Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7, del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de que fue objeto el ciudadano DANIEL DAVID CARRASQUERO OLIVAR, venezolano, de 26 años de edad, cédula de identidad n° 16464355, soltero, natural de Trujillo estado Trujillo, residenciado en la avenida Independencia, frente a la plaza Sucre, una casa mas abajo del centro Profesional Rosas Bravo, casa N° 7-70, Trujillo estado Trujillo, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3 y 4 del Código Penal, en agravio del ciudadano MANUEL VICENTE GOMEZ TORREALBA, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, EN SEGUNDO LUGAR, le decreta al preidentificado DANIEL DAVID CARRAS.....