Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad d e la Ley, EN PRIMER LUGAR; admite la acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, UNICAMENTE, contra el ciudadano YORMAN RAMON MORA VASQUEZ, venezolano, nacido el 12-11-79, cédula de identidad N° 16275039, casado, obrero, residenciado en la avenida Numa Quevedo, casa N° 7-14, mas debajo de la Prefectura Chiquinquirá, estado Trujillo, por la comisión del Delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41, encabezamiento de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de violencia, en agravio de la ciudadana AVELIN COROMOTO PINTO GONZALEZ, EN SEGUNDO LUGAR, decreta el SOBRESIEMEINTO DE LA CAUSA iniciada al ciudadano , JOSE LUIS PEREZ MORA, venezolano, nacido en fecha 08-09-76, cédula d.....