Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud el escrito presentado por Los ciudadanos Abg. ELVIA R. VASQUEZ Z y RUBEN VILORIA, Consultor jurídico y Director del Internado Judicial de Trujillo solicitado autorización para traslado de la penada IRIS MARINA PALMA ALONZO, titular de la cédula de identidad Nº 13.765.961 a participar en convivencia el 24- 04- 2.008 a rito religioso en Casa de Convivencia Monseñor Ignacio Camargo ubicado en la vía que conduce hacia el Monumento de la virgen de la paz en Trujillo
. Ofíciese lo conducente haciendo las participaciones. Cúmp