PRIMERO: CON LUGAR la demanda por ACCION MERODECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA intentada por el ciudadano TERAN OTAIZA ROSA YSELA, contra: QUINTERO TERAN DEYAN JOSE y QUINTERO TERAN ROSIRIS ANDREINA.
SEGUNDO: SE DECLARA LA EXISTENCIA DE UNIÓN CONCUBINARIA entre los ciudadanos TERAN OTAIZA ROSA YSELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.161.969, y JOSE RAMON QUINTERO CONTRERAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 9.171.965, desde el año mil novecientos ochenta (1980) hasta el día dieciséis (16) de octubre de 2021.
TERCERO: SE ORDENA la inserción de la presente decisión en los libros correspondientes al estado civil para la cual se acuerda expedir copia certificada de la misma, y remitirla al Registro Civil de la Parroquia San Luis del municipio Valera estado Trujillo y al Registrador Principal del estado Trujillo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 506 del Código Civil y 119 de la Ley Orgánica de Regist.....