PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA que por Desalojo de Inmueble propuso la SOCIEDAD MERCANTIL INGRABRECA, C.A., en su carácter de arrendador, representada por su Presidenta ciudadana ANTONIETTA GRASSO ABREÚ, en contra del ciudadano JESÚS ÁLVARO QUINTERO, en su carácter de Arrendatario, las partes suficientemente identificadas en el presente expediente.