DISPOSITIVA
Por las consideraciones de hecho y derecho antes expuestos y con base a las normas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento de fecha 17-05-2006, en la cual el ciudadano CASTELLANOS ARAUJO GERMAN, donde convino en aportarle a sus hijas la cantidad de noventa mil bolívares (Bs. 90.000,oo), mensual por obligación alimentaria, por bono vacacional en el mes de Agosto cien mil Bolívares (Bs. 100.000,oo) y en el mes de Diciembre por Aguinaldos Doscientos Mil Bolívares (Bs. 200.000,oo), dicho acuerdo comenzará a partir del día 17 de Mayo del 2006, mediante pago que se efectuará en la Entidad Banco Provincial, en caso de surgir gastos eventuales como podrían ser: inicio de escolaridad, hospitalización cirugía entre otros, serán cubiertos de manera conjunta por am.....