DISPOSITIVA
En tal virtud este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar, la presente solicitud de rectificación del acta de nacimiento del niño (Se omite su nombre de acuerdo al artículo 65 de la LOPNNA), de 10 años de edad, la cual se encuentra asentada por ante la Prefectura de la Parroquia Sabana Grande, del Municipio Bolívar del Estado Trujillo, bajo el Nro. 141, correspondiente al año 1.998,, en el sentido de que se asiente la respectiva nota marginal indicando que el lugar de nacimiento del niño, es: "...AMBULATORIO RURAL II, TIPO II, "MATERNIDAD ROSA AGUILAR DE SABANA GRANDE...". Envíese copia certificada de ésta decisión al ciudadano Registrador Civil del Municipio Bolívar del Estado Trujillo, y al Registrador Principal del mismo Estado, a los fines indicados en el Código Civil. Dada, firmada y sellada en la sede del despacho de éste Tribunal. En Trujillo a los diez (10) días del me.....