razón por la cual este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808 y 825 deI Código Civil, en concordancia con el artículo 936 deI Código de Procedimiento Civil, declara como únicos y Universales Herederos del de cujus VICENTE MORENO RIVAS, a los ciudadanos ANTONIO MORENO BRICEÑO, DEONICIA MORENO DE MENDOZA y ANTONIO MORENO MATHEUS, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.528, 9.104.651 y3.737.4l0 en su orden; a los ciudadanos MARY MORENO DE RIVERA, RAFAEL MORENO GARCIA, YARITZA MARIBEL MORENO MORENO, MARIANELA MORENO MORENO y RAFAEL MORENO MORENO, titulares de las cédulas de identidad números 5.499.419, 9.326.371, 10.908.923, 11.321.189 y 11.896846 respectivamente, quienes actúan en representación de su padre pre muerto RAFAE.....