Por las anteriores razones de hecho y fundamentación de derecho, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, por mandato del artículo 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Código Orgánico Procesal Penal, decide:
PRIMERO: Se condena al ciudadano JOSE GREGORIO TORREALBA, antes identificado a cumplir PENA dos (02) años, dos (02) meses y veinte (20) días de prisión, así como las accesorias legales correspondientes previstas en el artículo 66 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, referidas a: la inhabilitación política durante el tiempo de la condena, como autor responsable de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 43 encabezamiento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia en agravio de la ciudadana, conforme al artículo 104 de la Ley Orgánica Sobre el .....