DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito
de la Circunscripción Judicial Del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos
DORA JOSEFINA VILLEGAS DE ALVARES y ALEXIS JOSE ALVAREZ, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.765.790 y V-5.757.664, respectivamente. En consecuencia queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Prefectura del Municipio Cruz Carrillo, Distrito y Estado Trujillo, hoy día Parroquia Cruz Carrillo, en fecha en fecha 05 de Octubre de 1.979, según consta en Acta de Matrimonio Nro Nro.25., que.....