D I S P O S I T I V A:
Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por el ciudadano JUAN BAUTISTA RIVAS SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V-8.002.110, en contra de la ciudadana LUISA DEL CARMEN CALDERON MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 4.492.135, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia QUEDA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído en fecha 16 de agosto de 1985, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Milla, Distrito Libertador del Estado Mérida, según se evidencia del Acta .....