Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, toma decisión en los siguientes términos: PRIMERO: Se admiten las pruebas presentadas por la fiscalía del ministerio público y por ser legales pertinentes y necesarias para el proceso. SEGUNDO: Asimismo, de conformidad con el artículo 376 del COPP, SE CONDENA a la ciudadana YOHANA DEL ROSARIO PEROZA RODRIGUEZ, a cumplir una pena 2 años y 9 meses de prisión, aplicando la disminución de un tercio de la pena, de conformidad con el artículo 37 y 74 numerales 2 y 4 del código penal, mas las accesorias de ley y por aplicabilidad del artículo 376 del COPP se establece un pena a cumplir de 11 meses de prisión. TERCERO: Asimismo en cuanto a la medida de coerción personal, se impone a la imputada en este acto una medida cautelar sustitutiva de libe.....