DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA a Kali Gregorio Gil, Titular de la cédula de identidad Nº 14.229.023 fecha de nacimiento 17-12-1971, natural de Chabasquen Estado Portuguesa, hijo de Segundo Castillo y Ojivita Gil, domiciliado en Barrio Los Ángeles, calle 7 casa sin numero sector 4, color verde cerca de la Cancha, Barquisimeto, Estado Lara., a cumplir la pena de un año (01) y seis (6) meses de prisión por la comisión del delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal mas las accesorias de ley dispuestas en el articulo 16 del Código Penal. SEGUNDO: Se amplia la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad de presentación cad.....