declara desistida la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Benito Ramón Nuñez, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-4.920.254, domiciliado en el Municipio Trujillo del Estado Trujillo, asistido por Juan Alfonso Viloria Montilla, abogado en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 63.005, domiciliado procesalmente en la Calle Comercio, con Avenida Independencia y Bolívar, Centro Comercial Conte, tercer piso, local D-2, de la ciudad de Trujillo, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, en contra del Alcalde del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, Rafael Ángel Martorelli Sequera, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-3.522.847, domiciliado en el Estado Trujillo.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al presente procedimiento por remisión del artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre derechos y garantías constitucionales.