CON LUGAR la presente solicitud de Amparo Constitucional intentada por los Abogados en ejercicio MARCOS GUERRERO y JARENTH MATHEUS, inscritos en el I.P.S.A bajo el Nº 117.523 y 117.524, respectivamente, actuando como Apoderados Judiciales de la ciudadana ALEXI ELENA UZCATEGUI RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 9.325.587, en contra de BELTRÁN DE JESÚS SANTIAGO PAREDES, en su carácter de Juez de Los Municipios Rafael Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello Y Monte Carmelo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, relacionado con la violación al Derecho al Debido Proceso y el derecho a la defensa en consecuencia se ordena la restitución inmediata de la situación jurídica infringida