Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control en Nombre de la Republica y por Autoridad de la ley: Acuerda revisada las actuaciones y escuchas las exposiciones de las partes, evidenciando que se trata de un delito complejo en su investigación como lo es el de HOMICIDIO INTENCIONAL, donde aun faltan testimoniales, experticias etc, por evacuar, se declara de conformidad con lo solicitado por el Ministerio Público en consecuencia se otorga un lapso de 15 días contados a partir de los 30 días, para que el Ministerio Publico presente el correspondiente acto conclusivo en la presente causa de conformidad con el artículo 250 del Código Adjetivo Penal, quedando en audiencia las partes notificadas.