Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad d e la Ley, EN PRIMER LUGAR; ADMITE LA ACUSACION interpuesta por el Abogado JOSE RAFAEL GARCIA DURAN, actuando con el carácter de Fiscal Primero Auxiliar del Ministerio Público, contra el ciudadano PEDRO JOSE GRATEROL, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.126.804, Venezolano, de 41 años, nacido en fecha 25-08-1968, de ocupación Mecánico, hijo de Juana Bautista Castillo y Pedro José Graterol (difunto), domiciliado en sector Mirabelito, frente al cementerio, casa S/N, en la entrada de las casitas, frente a la Villa Universitaria municipio Trujillo, estado Trujillo, por el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previstos y sancionados en los artículos 42 segundo.....