En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, HOMOLOGA el convenimiento celebrado por las partes; dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público. Se ordenara el archivo definitivo del expediente una vez que transcurran cinco (05) días hábiles siguientes al de hoy. Asimismo se deja sin efecto el nombramiento del experto designado, ciudadano JESUS GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.303.001, efectuado mediante auto de fecha once (11) de julio del presente año, visto el acuerdo celebrado por las partes, ordenándose notif.....