este Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños Niñas y adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONVIERTE EN DIVORCIO la separación de cuerpos solicitada, y en consecuencia se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos NORAIMA ELENA RODRIGUEZ REYES y MANUEL ALEXANDER ANTEQUERA GUEDEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-12.245.707 y V.- 12.965.504, en fecha 15 de abril de 2005, ante la Prefectura, Municipio Simón Planas, Estado Lara inserta bajo el No.08, del libro de Matrimonio llevados por ante ese despacho durante el año 2005.
En lo concerniente a la protección de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), se establece lo siguiente:
1.) Decretada la separación legal de.....