En atención a los señalamientos expuesto y de conformidad con el artículo 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bien mueble: sobre un vehículo N° PLACAS: A31BN0V, SERIAL DE CARROCERIA: 8ATM2ASH07S054853, SERIAL DE MOTOR: 821042L4600121298, MARCA IVECO, MODELO: STRAILE, AÑO: 2007, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMION, TIPO: CHUTO, y se encuentra acoplado un semi remolque que posee la siguientes característica: PLACAS: A51A18S SERIA DE CARROCERIA: , SERIA DEL MOTOR NO PORTA, MARCA ROMBUCA, MODELO: RBBT3ER020, AÑO :2008, COLOR: AZUL, CALSE: SEMI REMOLQUE, TIPO: PLATAFORMA, USO: CARGAR, conducido por el ciudadano AMERICO ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-5.952.90propiedad de la parte demandada firma mercantil TRANSPORTE TRANSUR MD C.A quien es su presidente ROLANDO JOSE DIAZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 10.845.153. Para la práctica de la .....