Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1.- SIN LUGAR, la oposición formulada en fecha 27 de Junio de 2006 contra el embargo ejecutivo practicado por el Tribunal ejecutor de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 20 de Junio de 2006, efectuado por la ciudadana ELVIRA DEL ROSARIO BORRERO GARCIA, plenamente identificada en autos, en su condición de Tercera Opositora de la Medida Ejecutiva de Embargo recada sobre el vehículo cuyas características son las siguientes: PLACAS: TAA42R, SERIAL DE CARROCERIA 8Z1SJ5166WV315201, SERIAL DEL MOTOR: 6WV315201, MARCA CHEVROLET, MODELO CORSA, AÑO 1998, COLOR AZUL, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, y en tal sentid.....