´Visto que las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio en fase de mediación de forma voluntaria, libre de apremio y con el cumplimiento de los requisitos de ley, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y Trabajadores HOMOLOGA EL ACUERDO de mediación y conciliación celebrado entre las partes, por la cancelación de PRESTACIONES SOCIALES y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES, por el monto total de CIENTO OCHENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA BOLIVARES (Bs.180.630,00), equivalente en divisa a 1.500$ otorgándole efectos de Cosa Juzgada. Se mantiene el expediente en trámite hasta tanto conste en autos en cumplimiento total de los acuerdos celebrados.´