ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: CON LUGAR la Solicitud Fiscal y DECRETA la DESESTIMACION DE LA DENUNCIA, formulada por la ciudadana: HIRABELLY JOSEFINA MENDOZA TERAN, venezolana, natural de Trujillo, Estado Trujillo, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 08-04-78, soltero, Estudiante, residenciado en la Calle Las Palmeras, casa s/n°, Pampán, Estado Trujillo, contra el ciudadano: JHONATHAN VASQUEZ, venezolano, natural de Trujillo, Estado Trujillo, nacido el 28-03-1980, soltero, comerciante, residenciado en el sector El Canalete, N° 27, Pampán, Estado Trujillo, Cédula de Identidad 14.556.891, por la presunta comisión del delito de: APROPIACIÓN INDEBIDA SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 466 del Código Penal Reformado, que requiere que la prosecución del proceso por este ilícito sea ejercido a instancia de la parte agraviada, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 301 y 302 del Códi.....