´este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO:IMPROCEDENTE la Oposición a la Medida Cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado el 08/11/2024, planteada por el abogado JOSE ANGEL PEREIRA FLORES, Inpreabogado No. 199.729, actuando en su condición de apoderado judicial del demandado ALEXANDER DE JESUS PEREZ, titular de la cedula de identidad No. V-12.594.232 y los terceros intervinientes, ciudadanos FRANKLYN MIHIQELX PEREZ TERAN, ELSY KARINA ARQUELLO DE PEREZ, ITALO LUIS BRANDTI COLMENARES, MARBELIS COROMOTOPABLOS DE BRANDTI y GABRIEL EMILIO ESCUELA SALDIVIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad No. V-16.753.199, V-15.427.335, V-17.133.110, V-16.417.043 y V-16.238.890, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada MARISELA .....