El padre, ciudadano FAUSTINIANO QUINTERO NAVA, deberá pasar la suma de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000, oo), mensuales, como obligación alimentaria para su hija, más la suma de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000, oo) en los meses de agosto y diciembre por concepto de inicio de año escolar y como aguinaldos, los cuales serán depositados en cuenta de ahorros que será aperturada para tal fin, como obligación alimentaria para su hija (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA).