DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la defensa opuesta por la parte demandada, de conformidad con el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil.- SEGUNDO: Con Lugar la defensa opuesta por la parte demandada en cuanto a la estimación de la cuantía.- TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, por DESALOJO, intentada por el ciudadano: FRANCISCO JOSÉ CARDOZA RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.353.124, y de este domicilio, en contra de la ciudadana: ROSA ALPINA GOMEZ YÉPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.071.351, y de este domicilio.- En consecuencia, se condena a la accionada, ciudadana ROSA ALPINA GOMEZ YÉPEZ, antes identificada, a entregar a la parte actora, el inmueble objeto de la presente acción, constituido por un apartamento distingu.....