DISPOSITIVA:
Por las razones expuestas, este Tribunal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se impone a los ciudadanos: WILMER VERNELIS ROJAS MARROQUIN y LEONEL ANTONIO ELIAS BRAVO, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.728.831 y 14.978.847, respectivamente, Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, de conformidad con el 256 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: Detención Domiciliaria.
2.- Todo de conformidad con el contenido de los artículos 250 apartes tercero, cuarto, quinto y sexto, en concordancia con el artículo 256 numeral 1 y 438 del Código Orgánico Procesal Penal y de Decisión de la Sala Constitucional con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en sentencia Nº 228, de fecha 9 de Marzo de 2005.
3.- Se acuerda oficiar a la Fiscalía.....