Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Cobro de Prestaciones Sociales, efectuado en fecha 17 de junio de 2011, por los abogados Jesús Oropeza S. y Luís Aldana Izea, inscritos en el I.P.S.A., bajo matriculas Nº 92.251 y 35.131; y Fredxia Carolina Castillo G. y José Antonio Rodríguez, inscritos en el I.P.S.A., bajo matricula Nº 140.883 y 114.876, en beneficio de (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente)., por estar conforme a la Ley y no vulnerar derechos de los beneficiarios. Téngase el acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada del mismo a los interesados.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Ju.....