DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Niega la entrega del vehículo marca Mack, modelo CH613, color blanco, placa 78NGAG, tipo chuto, serial de carrocería: 1M1AA14Y02W118666, serial del chasis: 1M1AA14Y02W118666, serial del motor: E74001M6220, año: 2002, solicitado por la ciudadana Nelcy Josefina Pineda Bastidas, asistida por la Abogada Milexa del Carmen Nava Díaz, ut supra identificadas, por cuanto la mismo no es el titular del bien con base al resultado de experticia de seriales que le fue practicada así como la probabilidad de comisión de un ilícito contra la Fe Pública. SEGUNDO: Se niega por improcedente el decreto de Nulidad Absoluta de las actuaciones, requerido por la parte solicitante conforme a lo establecido en .....