ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor del ciudadano JUAN JOSE GODOY, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.950.238, de 37 años de edad, soltero, trabajador en una maquina de hacer helados, natural de Santa Ana Estado Trujillo, en fecha 03-01-1973, hijo de Nieves Antonio Montilla y Regina Godoy, residenciado en Maracaibito, bajando por la CANTV, Sector el Progreso, casa sin numero, de color blanco, preguntar por los barquilleros, Monay Estado Trujillo, teléfono: 0426-6711671, 0416-1760091, por haber un hecho punible que merece pena corporal no prescrito, elementos de que es autor del hecho imputado que permitieron al fiscal presentar acto conclusivo de acusación elementos que serán analizados el día de la audiencia preliminar, y ser suficiente una medida cautelar para garantizar las resultas del proceso vista la posible pena a ser impuesta. Se fij.....