Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: Al penado, PASQUALES CELLA TUMMILLO, portador de la Cédula de Identidad N° V-9.326.085, venezolano, mayor de edad, nacido en la Población de Betijoque del estado Trujillo, en fecha 25 de Marzo e 1964, casado, de profesión obrero, hijo de María Antonieta Tummillo de Cella y Luis Cella y residenciado en la Urbanización San Rafael, Bloque 1, Apartamento No. 007, Planta Baja, de la ciudad y municipio Valera del estado Trujillo, por cumplimiento de la pena que le fuere impuesta, en fecha 07 de junio de 2006, por el Juez de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, por el delito de DETENTACION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, lo que trae como consecuencia jurídica inmediata, la EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINA.....