En consecuencia, de lo anteriormente expuesto y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus ALFREDO ANTONIO DELGADO, quien falleciera en fecha 17 de Marzo de 2013, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, a los ciudadanos: JUANA MARÍA VALECILLOS MONTILLA, YELITZA CAROLINA DELGADO VALECILLOS y JORGE ANTONIO DELGADO VALECILLOS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-5.775.740, V-19.271.672 y V-16.015.598 respectivamente, la primera de los nombrados, en su condición de concubina, y los siguientes, como hijos del causante ALFREDO ANTONIO DELGADO.
Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el prese.....