DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de que fueron objeto el ciudadano CARLOS LUIS MORILLO, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, EN SEGUNDO LUGAR, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano CARLOS LUIS MORILLO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 20.151.738, 21 años, ocupación Agricultor, hijo de Amalia Morillo y José Marín (PADRASTRO) Natural Caracas, nacido en fecha 06/01/1990, residenciado en Sector Burbusay, Calle José Manuel Arraiz, calle abajo, cerca de la farm.....