Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad d e la Ley, EN PRIMER LUGAR; admite la acusación presentada por el Abogado LENIN TERAN, actuando con el carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público, contra contra MARELYS DE LA CHIQUINQUIRA SANCHEZ CUICAS, venezolana, de 32 años de edad, cédula de identidad N° 11698329, soltera, residenciada n Pampanito III, sector La Haciendita, casa sin número, diagonal al ambulatorio estado Trujillo, por la comisión del Delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ERIKA COLMENARES, y EN SEGUNDO LUGAR, se le SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO a la ciudadana MARELYS DE LA CHIQUINQUIRA SANCHES CUICAS, por el la.....