Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: Su INCOMPETENCIA POR LA MATERIA, para conocer y tramitar la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA POST-MORTEN, impetrada por la ciudadana: MAURA DEL CARMEN FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.768.031, representada legalmente como su Apoderada Judicial la abogada en ejercicio: YOLANDA ASCANIO ESPINOZA inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 261.361, según Poder Especial debidamente autenticado por ante la Notaria Publica del Estado Trujillo, el cual quedó anotado bajo el Nº 39, Tomo 05, de los libros de autenticaciones. SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se DECLINA LA COMPETENCIA,