DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, contra la sentencia definitiva proferida por el A quo, en fecha 16 de septiembre de 2016.
Se declara SIN LUGAR la demanda que por cumplimiento de contrato de compra-venta autenticado ante la Notaría Pública Primero de El Tigre Estado Anzoátegui en fecha 29 de agosto de 2014, inserto bajo el N° 38, tomo 59 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría y posteriormente autenticado ante la Notaría Pública Primera del Municipio Valera del estado Trujillo en fecha 04 de septiembre de 2014, inserto bajo el N° 12, tomo 70; intentó el ciudadano Jeison Andre Viloria Briceño contra la ciudadana Keyla Carolina Linares, identificados en aut.....