De acuerdo a los montos anteriormente descritos y según lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CON LUGAR LA DEMANDA POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS INTERPUESTA POR la ciudadana BLANCA MARIBEL MONTILLA SEQUERA., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.899.854, domiciliada en la Calle Emigdio Olmos, Sector, Las palmita, casa N° 12, subiendo a dos (2) cuadras del comando policial de El Dividive, Parroquia del mismo nombre, Municipio Miranda del estado Trujillo y CONDENA al demandado de autos ciudadano ENMANUEL ENRIQUE BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, cuya cedula de identidad N° V-13.633.976, domiciliado en la Avenida Principal a una (1) cuadra del comando.....