PRIMERO: Se le nombra al niño (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA), la representación siguiente: MERY JOSEFINA MEZA OSECHAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.657.97 y domiciliada en el sector "El Bucaare", casa s/n Parroquia Santa Rita, La Mata Municipio Escuque del Estado Trujillo, como TUTORA; a la ciudadana MERLY CLARET BRACAMONTE MEZA, titular de la cédula de identidad Nro. 15.293.065, como PROTUTORA; a la ciudadana MERCY MELINA BRACAMONTE MEZA, titular de la cédula de identidad Nro. 15.293.066, como SUPLENTE; a los ciudadanos JORGE LUIS SALAS ABREU, GIOVANI ALBERTO VIELMA ABREU y ELEAZAR DE JESUS RAMIREZ DAVILA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.319.975, 9.312.643 y 17.605.693, como MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA.
SEGUNDO: Entréguese a la TUTORA, cuatro (4) juegos de copias certificadas de este pronunciamiento a los fines legales consiguientes.
TERCERO: Provéase lo conducente.
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