ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, al ciudadano JORGE LUIS MONTILLA CONTRERAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.718.843, soltero, nacido en fecha 22/01/66, en Trujillo, hijo María Teresa Contreras y José Eduardo Montilla, de ocupación obrero, residenciado en la calle Reverendo, casa s/n, cerca de la Capilla Virgen de Coromoto, Santiago Trujillo Estado Trujillo, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 34 De la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por muerte del imputado, lo que trae como consecuencia que se encuentra Extinguida la acción penal de conformidad con el articulo48 numeral 1, en concordancia con el artículo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se declara extinguida l.....