En razón de lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda AUMENTAR la OBLIGACION DE MANUTENCION, que el ciudadano RUBEN DARIO DUARTE VILORIA, deberá pasar a su hija AIDAMAR CRISTINA DUARTE VERGEL.
En consecuencia, se fija la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 3.500,oo) mensuales y la cantidad correspondiente por BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS), se fijará para el mes de Octubre 2.016. Igualmente los gastos de medicina, vestido, calzado y otros que se presenten, serán compartidos por ambos, es decir, cincuenta por ciento (50%) cada uno.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala del Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Ca.....