CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR demanda interpuesta por la ciudadana OLGA MARGARITA MORA BERRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.461.413, asistida por los abogados en ejercicio JAIME DANIEL HERNÁNDEZ DURÁN y ZULEIDA DEL VALLE SEGOVIA PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el I.P.S.A., bajo los N° 111.864 y 117.580, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Valera del Estado Trujillo, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALERA, ESTADO TRUJILLO, representada por el ciudadano ALI QUINTERO PARRA, en su carácter de Alcalde del Municipio Valera, Estado Trujillo, domiciliada en la jurisdicción de la Parroquia Merced.....