Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano EFRAIN ALBERTO TORO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-5.349.611, domiciliado en la población de Betijoque, Calle Sucre, N° 2-55, Sector Las Rurales, subiendo por el Estadium, Municipio Rafael rangel, estado Trujillo, asistido por la Abg. AURA ROSA ROMAN, inscrita en el IPSA bajo el Nº 105.399 en su condición de Procuradora de Trabajadores de Valera, estado Trujillo contra la empresa BANAORO C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el día 05 de marzo de 1996, bajo el Nº 65, Tomo 162-A de los libros respectivos, representada legalmente por el ciudadano: RICARDO RIERA HERRERA, venezolano, may.....