ÚNICO: Declara CON LUGAR lo solicitado por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, y en consecuencia:
1. DECLARA FLAGRANTE la aprehensión del ciudadano YERBIS JOSÉ MORENO GIL, plenamente identificado en el texto de la presente decisión, por encuadrar en los extremos exigidos por el artículo 93 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por los delitos de Violencia Psicológica, Amenazas y Violencia Física, previstos y sancionados, en su orden, en los artículos 39, 41 y 42 eiusdem, en perjuicio de la ciudadana JOSEFA RAMONA ROMÁN;
2. DECRETA LAS MEDIDAS CAUTELARES consistentes de prohibición de ejercer actos de persecución, intimidación o acoso hacia la mujer agredida y de abuso en el consumo de bebidas alcohólicas, de conformidad con el articulo 87 numerales 5 y 13 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y las obligaciones inherentes a toda medida cautelar consistentes de prohibición de s.....