Por las razones expuestas, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Extingue la pena al ciudadano EDGAR ALEXANDER ROA RODRÍGUEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.685.286, de 25 años de edad, nacido en fecha 28-11-77, soltero, Bachiller, hijo de Victoria Rodríguez y Gregorio Roa, con residencia en el Barrio Zulia, Calle Venezuela, Casa S/N, frente a la Bodega El Gocho, en Guarenas, Distrito Capital, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente a la fecha de la perpetración del delito, en agravio de la ciudadana Miriam Marín Marín; condenado a la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO. conforme al artìculo 105 del Còdigo Penal.-