Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE EJECUTA sentencia condenatoria y firme el Tribunal de juicio 4 Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, de fecha 06.03.2007, en la causa seguida a al penado YONNY ALFREDO RAMIREZ, NUNCA HA CEDULADO, DE 30 AÑOS DE EDAD, RESIDENCIADO EN LOS SIN TECHOS, VALERA EDO TRUJILLO, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRESIDIO y las accesorias legales correspondientes previstas en el artículo 13 del Código Penal, referidas a: 1º) la inhabilitación política durante el tiempo de la pena; y 2°) la sujeción a la vigilancia de la autoridad por la cuarta parte del tiempo de la condena, terminada ésta. SEGUNDO: Se Ordena La Tramitación De La Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena Como Medida Alternativa Al Cumplimiento De Pena.
NOTIFIQUESE A LAS PARTES FISCAL, DEFENSA Y P.....