ESTE TRIBUNAL DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Acuerda: 1.- Decreta Con Lugar la Revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta al adolescente , venezolano, de 16 años de edad, nacido el 11/08/1992, soltero, natural de Valera, estado Trujillo, trabaja en latonería y pintura en las lomas de , taller "-----" , Titular de la Cédula de Identidad Nº (mostró la Cédula de Identidad, hijo de y , residenciado Municipio Valera, estado Trujillo; imputado por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano y Acuerda Sin Lugar su sustitución por una Medida Cautelar de las contempladas en el artículo 582 de la Ley orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, al no existir variación de las circunstancias que motivaron la misma.....